1/2/11

SOMOS ANIMALES, AL IGUAL QUE LOS INSECTOS



Es automatica nuestra reaccion, cuando un insecto se cuela en la actividad que estamos haciendo, o simplemente se presenta ante nosotros, lo matamos, quién no lo ha hecho alguna vez? quien no lo ha hecho aún asi creyendo respetar los derechos de todos los animales? Los insectos tambien son animales, diminutos por cierto, con una conformación más exótica que los animales mamiferos, aves, anfibios, etc.El reino de los insectos es maravilloso, sabio, y admirado por pocos, han sabido de la excelente organizacion obrera de las hormigas o de las abejas, por ejemplo?
El ser humano prefiere ignorar las maravillas que podemos encontrar si nos inmiscuimos con atención a conocer los detalles del reino animal, algunos llegamos admitir que deberiamos aprender muchas cosas de ellos, las demás especies comparten un comportamiento similar hacia el medio ambiente que los alberga, lo entienden y no lo atacan, tambien entienden las necesidades de su propia naturaleza, su organismo, como vivir y sobrevivir.No podemos categorizar el valor de la vida, menos aun con parametros tan ridículos, como las diferencias o los tamaños.
Somos mucho mas grandes, proporcionalmente a muchos insectos, mas grande seria nuestra alma si evitaramos matarlos ante semejante ventaja.
En la mayoria de los casos esta sociedad los asesina por deporte, los considera desagradables a la vista, y por ello procede a matarlos, incluso se venden insecticidas como si fuesen productos indispensables para nuestra vida.
Es cierto que algunos insectos pueden ser venenosos y molestos, tambien es cierto que es dificil caminar sin pisar alguno, pero dentro de nuestras posibilidades podriamos optar por echarlos fuera de nuestra habitación cuando nos molestan, en lugar de asesinarlos, con este acto el hombre demuestra que le es molesta la sola existencia de los mismos.Al igual que en el caso de otras especies, las abejas son despojadas del alimento que tanto trabajo les costó producir con el objeto de sumar un producto sabroso a la mesa de los humanos y también en los salones de belleza, esta explotación es totalmente innecesaria. 
Somos animales, ellos también lo son, nuestras vidas valen lo mismo, la tierra le da cobijo a todas las especies, si podemos vivir evitando matar, por qué no hacerlo?

21/10/10

ARGENTINA: PROYECTO DE LEY CONTRA EL MALTRATO ANIMAL

Lamentablemente, vivimos en una sociedad acostumbrada a esclavizar otras vidas para su provecho, han creado actividades prescindibles que imparten violencia hacia otros seres vivos, utilizándolos cual si fueran objetos.
Sabemos que si un ser humano agrede a otro debe ser castigado penalmente, en cambio, en el caso de los animales no humanos, parece haber una excepción.
Qué tendrá que suceder para que el hombre se deshaga de conceptos erróneos transmitidos por generaciones arcaicas, y admita su condición de animal ? Qué debemos esperar para respetar a los demás seres vivientes? Millones de animales no humanos mueren y otros son hostigados, cada minuto...



Pero no todas son tristes noticias en la lucha que mantenemos a diario quienes estamos concientes del abuso y la explotación contra los animales no humanos

Afortunadamente existen algunas personas que estan queriendo promover otra actitud en la sociedad, terminar con costumbres inconscientes, y se ha llegado a presentar  este proyecto de ley que todavía no se aprobó, espero que no demos otro paso atras como seres humanos, y finalmente reflexionemos con el corazón.Difundámoslo.
Sin embargo, una pregunta abierta late dentro mio...seria capaz el gobierno de sancionar actividades como la ganadería, la pesca, la vivisección, la caza, el comercio de mascotas, etc que son la principal fuente de maltrato y asesinato masivo?







TITULO I
DE SANCIONES PREVISTAS
Art. 2- Será reprimido con prisión de seis (6) meses a dos (2) años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, el que inflingiere malos tratos a los animales
Art. 3- Son malos tratos hacia los animales:
a) No alimentar o dar de beber agua en cantidad y calidad suficiente.
b) Imponerles jornadas excesivas de trabajo o inapropiadas a su especie.
c) Provocar cualquier sufrimiento o herida tanto físico como psicólogico.
d) No proporcionar protección, vivienda y cuidados específicos a las características de la especie.
e) Mantenerlos atados.
f) Provocar sufrimiento y o muerte en el caso de transporte de los mismos violando las normas asignadas del transporte vigente.
g) Estimularlos con drogas.
h) El abandono de un animal doméstico y/ o en cautiverio en condiciones que pueda poner en peligro su vida o expuesto a un riesgo que amenace su integridad física o la de terceros.
i) Provocar situaciones de estrés a animales que se mantengan con el solo fin de la reproducción para comercializar las crías.
Art.4- Será reprimido con prisión de uno (1) a cuatro (4) años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, el que infligiere actos de crueldad hacia los animales.
Art.5- Son actos de crueldad:
a) Golpear, lesionar, envenenar y/o mutilar un animal.
No serán punibles las intervenciones realizadas por médicos o veterinarios que impliquen alguna amputación, cuando se hicieran por razones terapéuticas.
b) Matar o provocar la muerte.
La muerte de animales de consumo alimenticio tradicional de la dieta argentina no se encuadra como acto delictivo.
c) Lastimar y arrollar animales intencionalmente

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Como denunciar el maltrato animal en argentina:



Artículo 41.- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesidades para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
Artículo 43.- Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.
Podrá interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización. (...)
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12/7/10

INTELIGENCIA ANIMAL


Solemos aducir sin vacilar que "los humanos tienen inteligencia, y los animales tienen instinto" frase tan repetida y poco analizada.Nos equivocamos en todo concepto, no estamos admitiendo que somos mamiferos vertebrados y creemos tener una inherente superioridad debido a las diferentes capacidades que se presentan entre las especies.¿No es realmente arrogante creer que no poseen facultades mentales?Siendo objetivos debemos admitir que somos ignorantes al creer que las demas especies vivientes carecen de inteligencia y de conciencia...analicemoslo bien antes de realizar esas afirmaciones...es importante que veamos estos documentales (cada uno presenta 5 partes) para concientizarnos, precisamente, respecto al tema...






14/6/10

Tortura psicológica en animales no humanos...


Qué es la VIVISECCIÓN?

"Vivisección es el acto o práctica de hacer operaciones quirúrgicas en animales vivos con el propósito de llevar a cabo una investigación psicológica o demostración, examinación o crítica sin piedad y minuciosa"

Diccionario Chambers


Cuando hablamos de psicología habitualmente acostumbramos a referirnos de manera inherente a los seres humanos, excluyendo sin dudar al resto de los animales.Nos equivocamos gruesamente, el principio de la cuestión esta en admitir que fuimos formada de la misma fuente que los demas seres vivos, por lo tanto somos animales tambien, y los animales no humanos, sienten, sufren, se alegran, como nosotros y tambien PIENSAN...si, aunque tengan muy desarrollado el instinto .Tienen cualidades diferentes, no inferiores.Por ende, el humano tendría que reflexionar seriamente y abortar sin duda aquellas actividades que tratan a las especies como si fuesen objetos, como exposición, como experimento, como fuente de diversión...esas actividades innecesarias que hace el hombre llamadas TORTURAS causan daños psicológicos irreversibles, es una lastima que sea poco frecuente en los hombres ponerse en el lugar de ellos para imaginar lo que se sufre, por ejemplo, al padecer laceraciones con el objetivo de ser fuente de una experimentación cientifica...es necesario? podríamos evitarlo, creo...démonsnos lugar a la reflexión y veamos algunos ejemplos, de los que somos participes cuando omitimos nuestra rebelión...

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